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EL EJIDO OPTA A BENEFICIARSE DE LA LEY DE GRANDES CIUDADES PDF Imprimir E-Mail
Escrito por Marisol   
El Ejido tiene en su mano poder ser considerado en próximas fechas como Municipio de Gran Población junto con otros nueve más de nuestra comunidad autónoma, ya que en virtud de la Ley de Grandes Ciudades aprobada en 2003 tiene los habitantes suficientes como para poder solicitarlo. En concreto, el año pasado se tuvo que hacer a cuenta del Ayuntamiento una revisión del padrón municipal para ver si se llegaba a los 75.000 habitantes, algo que efectivamente se había conseguido a 1 de enero de 2006 teniendo presente el amplio porcentaje de población extrajera que reside aquí.

En este sentido se ha expresado el alcalde ejidense, Juan Enciso, al asegurar que ‘se ha tenido un trabajo muy serio y bien organizado para poder llegar a esa cifra de ciudadanos’ que permite efectuar, si se estima oportuno, esa solicitud antes referida. En palabras del primer edil, que ha aclarado convenientemente que no se puede conceder por parte de la Junta si previamente no se ha pedido por parte del municipio en cuestión, según los privilegios que se otorgan a través de esa denominación se daría una mayor agilidad al funcionamiento del Consistorio, por lo que cree que ‘lo vamos a hacer’. Por ahora tienen ese título sólo cinco ciudades andaluzas, como son Almería, Córdoba, Granada, Málaga y Sevilla.

El régimen de organización municipal al que se refiere Enciso pasa por que el alcalde pueda delegar la presidencia de los plenos a cualquier concejal, que ese pleno pueda tener una asesoría externa en lugar de la única del secretario del Ayuntamiento, que el mismo alcalde pueda nombrar hasta un tercio como máximo de su equipo a personas que no tengan el acta de concejal para hacerse cargo de determinadas áreas de trabajo municipales y que participen de la Junta de Gobierno, o que ésta tenga su propio secretario, que sería un concejal, y su propia asesoría.

 
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